• La alicuota de Ingresos Brutos está por debajo del promedio del resto de las provincias.
  • En 2022 se prevé dar continuidad a este proceso, con nuevas reducciones que benefician a los sectores agropecuario e industria manufacturera.
  • Destacan las modificaciones en el impuesto a los Sellos.

Con la sanción de la Ley Impositiva y las modificaciones al Código Tributario, rige a partir del 2022 una nueva baja de impuestos provinciales. Los cambios se aplican en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto a los Sellos, dos tributos indirectos que gravan las transacciones económicas de las empresas y cuyos costos son trasladados a los ciudadanos.  Los objetivos principales son apoyar el desenvolvimiento de la producción cordobesa, disminuir la presión tributaria sobre los ciudadanos y, en especial, facilitar el acceso a la vivienda.

Ingresos Brutos

Desde la firma del anterior Consenso Fiscal en 2017, Córdoba es la jurisdicción que más bajó sus impuestos. Como resultado de este proceso en el 2021 la alícuota promedio que aplica Córdoba (2,6%) es similar a la de Santa Fe (2,48%) y menor a las que aplican la Provincia de Buenos Aires (2,69%), CABA (3,64%) y el promedio del resto de las provincias (2,86%). Para el 2022 se prevé dar continuidad a este proceso, contemplado nuevas reducciones que benefician a los sectores agropecuario e industria manufacturera.

Una muy importante medida es la exención de la “mera compra” de productos agropecuarios, forestales y minerales. Es decir, que se le deja de aplicar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes radicados fuera Córdoba que compran esos productos dentro de la Provincia. Dado que es un impuesto trasladable, además de generar mucha conflictividad, la aplicación de la “mera compra” reducía el precio que perciben los productores cordobeses. La decisión de eliminar la aplicación de la “mera compra” tiene impactos positivos sobre aproximadamente unos 2.600 productores cordobeses agroforestales.

La segunda medida refiere a la actualización por encima de la inflación del monto a partir del cual aplica la exención en Ingresos Brutos para las micro y pequeñas empresas del rubro Industrial. En el 2022 la exención alcanzará a quienes facturaron hasta $200 millones en el 2021, es decir un incremento del 71% sobre el monto aplicado para 2021. Esta medida beneficia a 300 contribuyentes que en 2021 quedaban excluidos de la exención por superar el tope de facturación y en 2022 estarán exentos[1]. Con esta disposición para el 2022 se profundiza el liderazgo de Córdoba en relación a aplicar la menor carga de Ingresos Brutos sobre la industria manufacturera.

Sellos

Las modificaciones aplicadas sobre el impuesto a los Sellos alcanzan al mercado inmobiliario, en particular, y al resto de los sectores productivos en general. En la actividad inmobiliaria, por un lado, se reduce a la mitad la carga tributaria (baja la alícuota a los Sellos del 1,5% a 0,75%) en las operaciones de compra-venta de inmuebles, cuando la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad se realice por medios digitales (no presencial). Con esta medida, que implica compartir con los ciudadanos los beneficios de la transformación digital del Estado, se puede llegar a reducir el costo de las aproximadamente 52 mil transferencias de inmuebles que se hacen en la Provincia todos los años. Para garantizar consistencia, también se dispuso reducir a la mitad la alícuota del Impuesto a los Sellos que se aplica sobre los boletos de compra/venta de inmuebles.  En la misma lógica se reduce a la mitad (de 1,2% a 0,6%) el costo de las hipotecas por escritura pública cuando estas son registradas de manera digital en el Registro de la Propiedad. De acuerdo a los registros administrativos de los últimos tres años, en promedio se inscriben alrededor de 2.300 hipotecas por año que se verán beneficiadas con esta medida.

Otra disposición muy importante es la reducción de la incidencia del Impuesto a los Sellos en los contratos de alquiler. A partir de enero de 2022 se eleva por encima de la inflación el monto mínimo en función del cual se determinan los obligados a pagar el Impuesto a los Sellos. Dicho tope pasará de $40.000 a $75.000 mensuales (aumento del 87% nominal) y rige tanto para los alquileres de viviendas como los de locales comerciales. Por otro lado, para aquellos contratos de alquiler que resulten alcanzados por Sellos, se establece un descuento por pago de contado del 30%y se habilita la posibilidad depagar Sellos en hasta 36 cuotas mensuales sin interés. La posibilidad de pagar en cuotas el impuesto y no todo junto al momento de la firma del contrato de alquiler elimina uno de los aspectos más distorsivos del tributo. Según datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del segundo trimestre de 2021, el 26% de las familias cordobesas alquilan el inmueble en el que habitan, por lo que el universo potencial de hogares beneficiados sería de poco menos de 300.000.

Con la misma orientación de reducir el impacto financiero del impuesto, desde el primer día del 2022 también se habilita el pago en hasta 12 cuotas mensuales de los contratos de cualquier naturaleza para los cuales el monto a pagar del Impuesto a los Sellos supere los $1,5 millones.  Además se establece un descuento por pago contado del 30% o pago hasta en 36 cuotas para el arrendamiento de maquinarias, prestaciones de servicios y/o realizaciones de obras.

Finalmente, se consignó un valor de $0 para 16 instrumentos que venían tributando el impuesto a los Sellos por un monto fijo en pesos, tales como las solicitudes de crédito, los formularios de prensa o las disoluciones de sociedades. Se trata de más de 600 mil transacciones por año que a partir de enero 2022 estarán exentas de gravamen.


[1] Contribuyentes que en 2021 facturaron entre $170 millones y $200 millones, es decir, aquellos que hubiesen quedados excluidos en 2022 si el tope de 2021 ($117 millones) se hubiese actualizado conforme la inflación del 2021 (45,1% según MMF).